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Modelo contrato de alquiler de nave industrial para 2023 (plantilla descargable para word)

Publicado por Peru Buesa Buesa en junio 2, 2019
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Es muy común el no saber por dónde empezar a la hora de firmar un contrato de arrendamiento o alquiler de nave industrial

Hemos colaborado con Puentes de Muras abogados inmobiliarios para preparar una plantilla de contrato que te puedes descargar en formato Word para que te hagas una idea del aspecto que suele tener un contrato de arrendamiento en este sector.

Este modelo de contrato está específicamente redactado de la manera más imparcial posible. Es decir, que beneficia a ambas partes (arrendatario y arrendador) de manera igual.

Te recordamos que el arrendador es el que entrega las llaves al arrendatario de la nave industrial para que éste último desarrolle una actividad. En otras palabras, el arrendatario es el inquilino y el arrendador el propietario.

 

Modelo alquiler de nave industrial para Word

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Modelo alquiler de nave industrial PDF

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Arrendamiento nave industrial

Los contratos de arrendamiento de nave industrial son los documentos legales entre un arrendador de nave industrial y un arrendatario.

En ellos se especifican la fecha de validez del contrato, la suma, el tipo de actividad que se va a llevar a cabo, las responsabilidades sobre quién tiene que pagar los gastos de mantenimiento etc. 

Es fundamental tener un contrato de arrendamiento de nave industrial donde aparecen claros todos los detalles para poder evitar problemas en el futuro. 

Obligaciones arrendador nave industrial

El arrendador es el propietario de la neve industral y el arrendatario es el inquilino de la nave industrial. 

Las obligaciones de un arrendador en los contratos de alquiler de nave industrial variarán mucho, pero normalmente las obligaciones son las siguientes:

  • Realizar todas las reparaciones necesarias en la nave
  • Notificar por escrito al arrendatario de las obras
  • Pago del IBI (según el acuerdo)

Cómo tributa el alquiler de una nave industrial

El alquiler de una nave industrial en España está sujeto a la normativa fiscal española. Los ingresos derivados del alquiler de una nave industrial deben declararse en la declaración de impuestos sobre la renta de las personas físicas (IRPF) o en el impuesto sobre sociedades (IS), según el tipo de contribuyente que realice el arrendamiento:

  • Para personas físicas:
    • En el caso de personas físicas que alquilan una nave industrial, los ingresos obtenidos se incluyen en la base imponible del IRPF. Los ingresos del alquiler se consideran rendimientos del capital inmobiliario.
    • Los propietarios deben declarar los ingresos del alquiler en el apartado correspondiente de su declaración de la renta.
    • Pueden deducirse algunos gastos relacionados con la propiedad, como los gastos de comunidad, el IBI, los gastos de reparación y conservación, entre otros.
    • Existen reducciones y beneficios fiscales para los arrendamientos de viviendas, pero no suelen aplicarse a las naves industriales.
  • Para personas jurídicas (empresas):
    • Las empresas que alquilan naves industriales deben declarar los ingresos en el impuesto sobre sociedades.
    • Los ingresos obtenidos por el alquiler se consideran ingresos de explotación y se gravan a la tasa impositiva correspondiente.
    • Los gastos relacionados con la propiedad, como el mantenimiento y reparaciones, pueden deducirse como gastos operativos.

En ambos casos, es importante llevar un registro adecuado de los ingresos y gastos relacionados con la nave industrial arrendada para calcular correctamente la base imponible y cumplir con las obligaciones fiscales. Además, es aconsejable consultar con un asesor fiscal o contador para obtener asesoramiento específico, ya que las leyes fiscales pueden cambiar y variar según la situación individual de cada contribuyente.

 

¿Quien paga el IBI en el alquiler de una nave industrial?

En el alquiler de una nave industrial en España, la responsabilidad de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) puede variar según lo que se acuerde en el contrato de arrendamiento entre el propietario (arrendador) y el inquilino (arrendatario). No existe una norma específica que determine de manera fija quién debe asumir el pago del IBI, por lo que es común que esta cuestión se acuerde en el contrato de arrendamiento. Aquí hay algunas posibilidades:

  • Arrendador (propietario):
    • En algunos casos, el propietario de la nave industrial puede acordar en el contrato de arrendamiento que él mismo asumirá el costo del IBI. Esto significa que el arrendador pagará el impuesto directamente a la autoridad fiscal y no lo repercutirá en el arrendatario.
    • Esto suele ocurrir en contratos de alquiler a largo plazo o en situaciones donde el propietario desea mantener el control sobre el pago de los impuestos relacionados con la propiedad.
  • Arrendatario (inquilino):
    • En otros casos, el contrato de arrendamiento puede establecer que el inquilino es responsable de pagar el IBI. Esto significa que el arrendatario asumirá el costo del impuesto, generalmente en adición al alquiler mensual acordado.
    • Esto es común en contratos de alquiler a corto plazo o cuando las partes negocian que el arrendatario se hará cargo de los gastos relacionados con la propiedad, incluido el IBI.

Es importante que tanto el arrendador como el arrendatario comprendan y acuerden claramente quién será responsable de pagar el IBI antes de firmar el contrato de arrendamiento. Cualquier acuerdo en este sentido debe reflejarse por escrito en el contrato, y ambas partes deben cumplir con los términos acordados. En caso de que no se especifique en el contrato, la normativa fiscal no determina de forma automática quién debe pagar el IBI en el contexto del alquiler de una nave industrial, por lo que prevalecerá lo acordado entre las partes.

 

 

Modelo de contrato de arrendamiento de nave industrial actualizado para 2023

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE NEGOCIO

En Madrid, a ____ de ____ de 202_

REUNIDOS:
De una parte, D. ____, mayor de edad, con N.I.F. nº ____, y con domicilio en
C/____ – Madrid.
De otra parte, D. ____, con N.I.F. nº ____, mayor de edad y con domicilio en
C/____ – (Madrid).
INTERVIENEN:
El primero, señor ____, en nombre y representación de la sociedad mercantil
____., con C.I.F.: ____, y domiciliada en C/____– Madrid, como administrador único,
según el poder otorgado ante Notario D. ____, el día ____ con nº ____ de su protocolo,
en adelante la Parte Arrendadora.
El segundo, D. ____, en nombre y en representación de la sociedad ____ con
domicilio social en C/____ – Madrid y con C.I.F.: ____ como administrador único,
según poder otorgado ante el notario D. ____, con fecha ____, y nº ____ de su
protocolo, en adelante Parte Arrendataria.
A todos los efectos, los citados domicilios de ambas partes, se considerarán tales
para las notificaciones derivadas del presente contrato, que deban hacerse tanto
arrendador como arrendatario.
Ambos se reconocen capacidad legal y suficiente para celebrar este contrato de
arrendamiento y, a tal fin
MANIFIESTAN
Que la sociedad ____, es titular en concepto de dueña de los siguientes inmuebles:
Naves sitas en C/____ en Polígono Ind. ____ – (280____) Madrid, con una
superficie por cada nave de ____ m2 en planta baja, más ____ m2 de oficinas en su
entreplanta, totalizando una superficie de ____ m2 cada una, aproximadamente,
contando en su interior con lavabos e instalación eléctrica de alumbrado, en nave y
oficina.

REFERENCIA CATASTRAL : ____

Que parte arrendadora y parte arrendataria, han convenido el arrendamiento de
dicho bien y lo hacen de acuerdo con las siguientes,

 

CLAUSULAS

PRIMERA .- Que la parte arrendadora, cede en arrendamiento a la sociedad Parte
arrendataria, el uso del bien antes descrito, durante el plazo de ____ AÑOS, que
comenzará a contarse el día ____ de ____ de 201_, finalizando por tanto el día __ de ____
de 202_ según Ley 29/1994, de 24 de Noviembre de Arrendamientos Urbanos.
Llegado el vencimiento, este contrato se prorrogará tácitamente por periodos
anuales, salvo que cualquiera de las partes lo notifique a la otra, al menos con un
mes de antelación a la fecha de expiración del período contractual o de cualquiera
de sus prórrogas, su voluntad de no prorrogarlo.

 

SEGUNDA .- La renta anual fijada, es de ____ EUROS (____.-€), que se hará
efectiva en doce mensualidades, a razón de ____ EUROS (____.-€), que se pagarán
por adelantado y en los primeros siete días de cada mes. mediante recibo que girará
el arrendador a la cuenta del Banco ____ , cuyos datos son: ____, de la que es titular
la arrendataria, a cuyo efecto, la arrendataria ha cumplimentado y entregado al
arrendador la ORDEN DE DOMICILIACION DE ADEUDO DIRECTO SEPA, cuya fotocopia se
adjunta como anexo a este contrato, quedando éste eximido de la obligación
establecida en el punto 4 del artículo 17 de entregar recibo de pago al arrendatario,
por quedar constancia mediante justificante bancario. No obstante, se hará entrega
de la correspondiente factura mensual.
La renta hoy pactada será objeto de revisión anualmente, en función de las
variaciones que experimente el Índice General Nacional de Precios al Consumo
señalado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que, en un futuro,
pudiera sustituirle. A todos los efectos el índice inicial será el correspondiente al mes
anterior a la fecha del presente contrato.
La revisión se producirá siempre sobre la renta que se viniera satisfaciendo durante
la anualidad inmediatamente anterior a la fecha de la revisión. Dado que el Instituto
Nacional de Estadística publica sus índices con considerable retraso, la Parte
Arrendataria renuncia expresamente a la irretroactividad en la aplicación de la
revisión, de forma que, aunque la variación del índice se conozca con posterioridad,
la arrendataria queda obligada a pagar la renta resultante de la revisión, desde el
mismo día en que la misma proceda, según lo pactado en el presente contrato.

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TERCERA.- Serán por cuenta de la Parte Arrendataria los gastos necesarios para
mantener el inmueble en el mismo estado en que se recibe, los gastos de comunidad,
la tasa de recogida de basuras y de entrada de carruajes, así como cualesquiera otros
servicios, tributos, cargas y responsabilidades que corresponden al local arrendado o
a sus accesorios.
A la fecha del contrato, el importe anual de los gastos de comunidad por cada
nave ascienden a 336 €, la recogida de basuras a 242,74 €, y la entrada de carruajes
a 35 €.
También serán de cuenta y cargo exclusivo de la Parte Arrendataria el importe del
consumo de los suministros (luz, agua, gas, teléfono etc.).
Serán por cuenta y cargo de la Parte Arrendadora todas aquellas reparaciones de
carácter estructural del inmueble que fueran necesarias para su uso, siempre que no
procedan de culpa, negligencia o mal uso de la Parte Arrendataria o terceros.

Asimismo, será a cargo de la Parte Arrendadora el impuesto sobre Bienes Inmuebles.

 

CUARTA .- La Parte Arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable y
exime de toda responsabilidad a la propiedad y al administrador por los daños que
puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para sus
servicios y suministros del local arrendado.
Quedan exoneradas la propiedad y el administrador de toda responsabilidad por la
falta de cualquier suministro.

QUINTA .- La Parte Arrendataria recibe el local arrendado en perfecto estado para
el uso a que se destina, que es el de ____ y, en igual estado y a plena satisfacción
de la propiedad, tendrá que devolverlo cuando termine el contrato. La Parte
Arrendataria no podrá dedicarse a otra actividad distinta de la pactada sin
autorización expresa y escrita de la Parte Arrendadora.
La Parte Arrendataria autoriza a la propiedad, parte arrendadora, para que pueda
realizar las altas o cambios de titularidad que sean necesarios con las compañías
suministradoras de luz, gas y agua de la nave objeto del presente contrato.

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SEXTA.- OBLIGACIONES INHERENTES. La Parte Arrendataria asume, bajo su exclusiva
responsabilidad, cuantas obligaciones de cualquier clase se deriven del ejercicio de su
propia actividad en el local arrendado, tanto por lo que se refiere a cuestiones fiscales,
corporativas o en relación con cualquier autoridad u organismo.

SEPTIMA .- La Parte Arrendataria podrá realizar en el local cuyo uso se le cede, las
obras que considere necesarias para la instalación del negocio, pero en ningún caso,
podrá provocar o contribuir a disminuir su estabilidad o seguridad, para cuyas obras
necesitará consentimiento expreso y por escrito del arrendador.
SEGURO. La Parte Arrendataria suscribirá antes de que el contrato comience a
desplegar sus efectos y durante toda la duración y prórrogas del presente
arrendamiento, una póliza de seguro contra incendio, daños a terceros y
responsabilidad civil por un importe mínimo de 500.000 €, siendo a su cargo el pago de
la prima correspondiente.
Así mismo, la Parte Arrendataria hará entrega a la Parte Arrendadora de copia de la
póliza de seguro y del pago de la prima anual, así como de sus renovaciones.
La Parte Arrendadora se compromete a suscribir una póliza de seguro contra
incendio, del continente de la nave arrendada.

OCTAVA .- RENUNCIAS.- La Parte Arrendataria hace expresa renuncia a:
1.- Los derechos de adquisición preferente, del artículo 25, en relación al 31, de la
Ley de Arrendamientos Urbanos, ya sea en su forma de tanteo o de retracto.
2.- El beneficio establecido en el artículo 32.1º de la vigente Ley de
Arrendamientos Urbanos, no pudiendo ceder o subarrendar en todo ni en parte, el
local de negocio objeto de este contrato, ni destinarlo a uso distinto del pactado, sin
el permiso escrito de la Parte Arrendadora.

3.- Al derecho a la indemnización otorgado por el artículo 34 de la Ley.
NOVENA .- La Parte Arrendataria se obliga al pago que corresponda por el
Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), en los términos y plazos que determine la
Ley y el Reglamento (Ley 37/1992 y reglamento aprobado por R.D. 1624/1992).
DECIMA.- Para responder y garantizar el cumplimiento de este contrato y, hasta
donde llegaren los daños y perjuicios que la Parte Arrendataria pudiere causar,
entrega éste en concepto de fianza la cantidad de ____ EUROS (____.-€), dicha
cantidad no será devuelta a la Parte Arrendataria hasta que terminado el plazo de
vigencia del contrato de arrendamiento se haga entrega a la Parte Arrendadora del
inmueble objeto del presente contrato, y tenga cumplimentadas todas y cada una de
las obligaciones del mismo, tales como rentas pendientes de pago, sin perjuicio de la
responsabilidad ilimitada de la Parte Arrendataria, al pago de las reparaciones,
deudas y responsabilidades contraídas.

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UNDECIMA.- FUERO.- Con renuncia expresa a cualquier fuero que pudiera
corresponderles, las partes contratantes se someten a los Juzgados y Tribunales de
Fuenlabrada, para toda cuestión derivada de la interpretación o cumplimiento del
presente contrato, en cuyo contenido se afirman y ratifican, firmándolo por
duplicado en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, firman el presente contrato por
duplicado en el lugar y fecha arriba indicado.
EL ARRENDADOR EL ARRENDATARIO

PROTECCION DE DATOS.-
Parte arrendadora, es el Responsable del tratamiento de los datos personales del Interesado y le informa que estos datos serán
tratados de conformidad con lo dispuesto en las normativas vigentes en protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679
de 27 de abril de 2016 (GDPR), la Ley Orgánica (ES) 15/1999 de 13 de diciembre (LOPD) y el Real Decreto (ES) 1720/2007 de 21 de
diciembre (RDLOPD), por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:
Fin del tratamiento: mantener una relación comercial mediante el envío de comunicaciones de nuestros productos o servicios y para
la prestación de los servicios contratados.
Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y
cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los
datos o la destrucción total de los mismos.
Comunicación de los datos: no se comunicarán los datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos que asisten al Interesado:
– Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento.
– Derecho de acceso, rectificación, portabilidad y supresión de sus datos y a la limitación u oposición a su tratamiento.
– Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (agpd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la
normativa vigente.
Datos de contacto para ejercer sus derechos:
Parte arrendadora, CALLE ____ (MADRID)
Para realizar el tratamiento de datos descrito, el Responsable del tratamiento necesita su consentimiento explícito o el de su
representante legal.
El Interesado consiente el tratamiento de sus datos en los términos expuestos:
Nombre: D. ____, con NIF.____
Representante legal de ____, con CIF.____
Firma:

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Naves Madrid es una inmobiliaria de naves industriales en Madrid.

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